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Política

USURPACION MUNICIPAL-JORGE URQUIZA: “EL RESGUARDO DE LA PROPIEDAD PRIVADA SE DEBE GARANTIZAR NO OCUPAR

El ex funcionario municipal Jorge Urquiza explicó los alcances de la única ordenanza municipal sobre la propiedad privada

En relación a la ocupación por parte del área de seguridad y monitoreo de la municipalidad de Ramallo del inmueble que es propiedad privada perteneciendo a un grupo de empresas, aún no existe un comunicado oficial explicando lo sucedido. Recordemos que el disparador de la polémica y que sacó a luz la ocupación ilegal que hace el mencionado área del municipio, fue la presencia días atrás, de un apoderado legal del grupo, sacando fotos y filmando con su teléfono la situación en la que se encuentra el inmueble. Donde inclusive la municipalidad ya realizó una inversión aproximada a los 10 millones de pesos, para acondicionar el lugar y que funcionara la Sala de Monitoreo. Curiosamente el Asesor Legal de la municipalidad, Dr. José Luis Torreani, lejos de llamar a conferencia de prensa, sigue justificando la usurpación en los términos de una “Posesión Precaria” establecida por un decreto. Sin explicar que pasará con la inversión realizada con los dineros públicos, una vez que se devuelva el bien inmueble a sus verdaderos dueños. Sobre este tema dialogamos con el ex funcionario municipal y concejal de Ramallo, Jorge Urquiza. Quien trabajó en la única normativa local que existe, una ordenanza que habla de la guarda y preservación de los inmuebles abandonados, pero obviamente respetando el derecho a la propiedad privada.

“Yo voy hablar básicamente de lo técnico político. Si la municipalidad va ocupar un inmueble que me lo va a sacar porque está abandonado, lo va arreglar y ocupar, con ese criterio, está en peligro el derecho de la propiedad privada. Ese criterio no está escrito en ningún lado. Lo que si debe hacer el municipio para expropiar un bien, es declararlo de interés ciudadano, dictar una ordenanza municipal y luego elevarla a la Cámara de Diputados de la Provincia que tendrá que convalidar esa ordenanza. El otro mecanismo es la prescripción administrativa atreves de la ley 24320 que lleva todo un proceso y que no te garantiza la propiedad del inmueble hasta tanto el registro de propiedad de la provincia diga “este terreno es tuyo”; básicamente muchas de las escrituras que se hicieron en Ramallo durante la gestión de Poletti se hicieron con esa modalidad de la ordenanza y posterior convalidación del Registro de la Propiedad.

Básicamente hay que tener en cuenta que ninguna ordenanza está por encima de la ley orgánica de las municipalidades y de las leyes nacionales, o sea es una norma menor. Como estamos en el último escalón tenemos limitada nuestra facultad de acción. En ese sentido recuerdo que en el año 2006 cuando el Secretario de Gobierno era Alejo Giovanelli, con motivo de los reclamos de vecinos, hicimos una ordenanza cuya preocupación central era tener un instrumento para intervenir en un inmueble sea por pastos altos, maleza, roedores; y se arma un expediente donde la municipalidad invierte dineros que los carga al bien inmueble. Cuando aparece su propietario con la posibilidad de una venta, está incluido ese expediente con los costos de la municipalidad al tener que intervenir para remediar los problemas que le causaban a los vecinos (mantenimiento de corte de pastos, alambrado perimetral, cerramientos, etc). El ejemplo más claro fue el del inmueble propiedad de Mudebe (mutual de defensores) en la esquina de San Martín y Panno en Villa Ramallo una situación de quiebra donde el municipio tuvo que intervenir; pero jamás el municipio tuvo que ocuparlo, eso no existe.

La acción que tuvo el estado municipal ocupando el inmueble ubicado en Barberis y Av. Dusso en Villa Ramallo, por más que esté asentado en un expediente no es legal. Por más que en el expediente administrativo tengamos un rosario de argumentaciones, el resguardo de la propiedad privada se debe garantizar no ocupar. Me parece que hubo un mal asesoramiento al intendente. Hay un gabinete numeroso con horario de oficina de 7 a 13:00 sin demasiado compromiso en los temas centrales de la gestión pública. Es decir, que es el rafam ?, que es la ley orgánica ?, de que manera hay que realizar una compra o adquisición ?. Cando uno los escucha hablar nota que hay inconsistencias. Me parece que este y los próximos gobiernos deberían ajustar más el tema de los gabinetes. Si son muy amplios no sirven. Generan una erogación permanente para tratar de justificar alguna actividad. Somos un municipio chico alcanza con un gabinete de no más de 12 o 14 personas con facultades muy concretas y volver a la actividad de antes. Vos pasabas a las 17:00 hs de la tarde y medio gabinete se encontraba en la municipalidad, hoy si pasas no encontrás ni el sereno.” Expresó Joge Urquiza en la entrevista en la mañana de hoy con FM Ramallo City.

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