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SAN NICOLÁS: APELARON LA FALTA DE MÉRITO DEL INTENDENTE PASSAGLIA Y SUS FAMILIARES POR ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO Y LAVADO DE ACTIVOS

OTRO CAPÍTULO EN LA JUSTICIA

Así lo había dispuesto el juez rosarino Marcelo Bailaque, quien además declinó su competencia respecto al delito de negociaciones incompatibles con la función pública. El MPF requirió que la Cámara Federal anule aquella decisión y dicte el procesamiento de los imputados.

Los fiscales Matías Di Lello y Carlos Martín Amad apelaron la resolución que había dispuesto la falta de mérito del exintendente de San Nicolás Ismael José Passaglia; de su esposa Liliana Ana Gaibazzi; de sus hijos Ismael Santiago -diputado de la provincia de Buenos Aires- y Manuel -actual jefe comunal-; y de Delfina, Ricardo José y Nicolás Fernández Motta. La apelación también requiere revertir la declaración de incompetencia en favor del Juzgado de Garantías de turno del Departamento Judicial de esa ciudad para investigar a Ismael José, Manuel e Ismael Santiago Passaglia por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública. De este modo, los representantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación solicitaron que se anule la decisión -que había sido dictada por el juez federal de Rosario Marcelo Bailaque- y que se dicte sus procesamientos.

🔹El caso

La investigación se inició por la denuncia de un testigo de identidad reservada, que daba cuenta que “Ismael J. Passaglia, desde su ingreso a la administración pública ha registrado un incremento patrimonial ostensible, demostrado a través de los numerosos bienes muebles e inmuebles adquiridos por sí y a nombre de integrantes de su grupo familiar, los cuales no guardarían correspondencia con los ingresos lícitos percibidos por el mismo en el ejercicio de la función pública”.

En el marco de la pesquisa desarrollada por la fiscalía, se determinó que la esposa y los hijos de Passaglia “no poseían capacidad económica suficiente para la adquisición de los distintos bienes registrados a sus nombres en las respectivas fechas de incorporación de los mismos a sus patrimonios”. Además, se investigaba a otras cuatro personas por prestar colaboración a Ismael José Passaglia, para simular operaciones inmobiliarias.

Los fiscales sostuvieron en su recurso que la resolución "ignora el cuadro probatorio reunido, como así también que no solo los imputados no desvirtuaron el mismo, sino que, por el contrario, han reconocido el origen ilícito de los fondos”.

En diciembre pasado, en oportunidad de requerir el llamado a declaración indagatoria de las personas investigadas como autores y partícipes necesarios del delito de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, los fiscales destacaron también “el elevado nivel de vida detentado por todos los miembros de la familia Passaglia, con innumerables viajes al exterior, elevados gastos mediante tarjetas de crédito de titularidad de Ismael J. Passaglia; adquisición de productos suntuosos, adquisición de divisas extranjeras, así como tenencias de plazos fijos del grupo familiar por sumas millonarias, todo lo cual resulta una demostración del incremento patrimonial injustificado que se le atribuye". En tal sentido, entendieron que “los fondos obtenidos de manera ilícita por el imputado Ismael José Passaglia durante su desempeño en la administración pública habrían sido convertidos en los bienes detallados precedentemente, mediante lo cual adquirieron apariencia de un origen lícito”.

Asimismo, habían solicitado que se indagase a Ismael José, Manuel e Ismael Santiago como autores -los dos primeros- y partícipe necesario -el segundo- del delito de negociaciones incompatibles con la función pública, por cuanto, durante sus respectivas gestiones como jefes comunales de San Nicolás, propiciaron la contratación de Ismael Santiago para desempeñarse en el Consejo Intermunicipal del Delta. Sostuvieron que Ismael Santiago habría facturado grandes sumas de dinero al municipio sannicoleño entre octubre de 2015 y mayo de 2021.

Por otra parte, al inicio de la investigación se dio intervención a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y, en el marco de la fiscalización efectuada, algunos imputados debieron rectificar sus declaraciones juradas por los impuestos a los bienes personales y ganancias, correspondientes a los periodos fiscales 2012, 2014, 2015, 2018 y 2020. En efecto, se advirtieron “serias inconsistencias en la justificación de los bienes incorporados al patrimonio familiar a lo largo del tiempo observando la declaración de donaciones no registradas -en un caso, atribuida a un CUIT inexistente-; la declaración de ‘ingresos exentos’, sin ningún tipo de respaldo documental; la existencia de contradicciones en las declaraciones juradas presentadas por los imputados en torno al origen de los fondos utilizados”.

Tras indagar a las personas investigadas, el 15 de mayo pasado el juez Bailaque dictó la falta de mérito de Ismael José Passaglia, Liliana Ana Gaibazzi, Ismael Santiago Passaglia, Manuel Passaglia, Delfina Passaglia, Ricardo José Fernández Motta y Nicolás Fernández Motta y declinó su competencia -en favor de la justicia local- en relación a la investigación por negociaciones incompatibles con la función pública, atribuidas a Ismael José, Ismael Santiago y Manuel Passaglia.

🔹El recurso de la fiscalía

El decisorio del juez fue apelado por los fiscales Di Lello y Amad, por considerar que “carece de fundamento o tiene fundamentos aparentes, en tanto ha omitido todo tipo de valoración en torno a los serios y concordantes elementos de prueba (…) limitándose a señalar que resultaría necesaria la producción” de otros peritajes y medidas. Además, se agraviaron de que con la declinatoria de competencia dictada se sustraigan “del conocimiento de esta justicia federal hechos que resultan de competencia federal”.

"El estado de duda alegado por el juez no lo eximía del deber de realizar una debida valoración de las probanzas de la causa, circunstancia que se vio totalmente soslayada en la resolución aquí cuestionada", señalaron los fiscales.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal destacaron que “entre los numerosos elementos de prueba obrantes en el sumario, cobran especial relevancia los informes técnicos elaborados por profesionales de la contabilidad de la División Unidad Investigativa Contra la Corrupción de la PFA, por la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero -DAFI- y por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos -PROCELAC-, ambas de la PGN, así como también la voluminosa información fiscal remitida por AFIP-DGI, las declaraciones juradas patrimoniales presentadas por Ismael J. Passaglia e Ismael Santiago Passaglia ante distintos organismos públicos en los que se desempeñaron, ninguno de los cuales fue mínimamente valorado en la cuestionada resolución”.

Agregaron que “la omisión voluntaria o involuntaria de analizar las pruebas incorporadas a la causa, torna arbitrario el auto” y puntualizaron que el juez “es contradictorio en su razonamiento, al considerar que restan producir una serie de medidas que serían importantes para el esclarecimiento del caso, y, en vez de ordenar practicarlas (…), dictó la falta de mérito de los encartados; una resolución que ignora el cuadro probatorio reunido, como así también que no solo los imputados no desvirtuaron el mismo, sino que, por el contrario, han reconocido el origen ilícito de los fondos”.

En ese orden de ideas, los fiscales indicaron que “en la resolución atacada se omite todo análisis relativo a la frondosa prueba incorporada a autos así como de los descargos efectuados por los imputados, quienes en oportunidad de ejercer sus actos de defensa material, se limitaron a brindar afirmaciones genéricas -sin respaldo documental alguno- e incluso contradictorias acerca del origen de los fondos utilizados en las distintas adquisiciones de los bienes que se le atribuyen”.

De hecho, la fiscalía puntualizó que la resolución cuestionada omitió “toda consideración vinculada al reconocimiento efectuado por Ismael José Passaglia en cuanto al origen ilícito de los fondos en cuestión”. Agregó que ese imputado, al formular su descargo en marzo pasado, admitió -en base a un informe contable de parte- que aquellos fondos “provendrían de ingresos por arrendamientos rurales no declarados al fisco de una suma aproximada de US$ 3.000.000”, lo que implicaba que "habría incurrido en el delito de evasión tributaria”.

En su apelación, Di Lello y Amad también estimaron que “todas las inconsistencias señaladas, así como la falta de precisiones en torno a numerosas circunstancias previamente señaladas, no hacen más que robustecer la hipótesis sostenida por este Ministerio Público Fiscal, en cuanto a la existencia de las maniobras atribuidas y la responsabilidad de los imputados en las mismas, las cuales hallan sustento en un importante cúmulo de pruebas”.

Concluyeron que la resolución no era “racional ni comprensible, en tanto no explica de ningún modo la solución dada al tema. El estado de duda alegado por el juez no lo eximía del deber de realizar una debida valoración de las probanzas de la causa, circunstancia que se vio totalmente soslayada en la resolución aquí cuestionada”.

En virtud de todo ello, los fiscales solicitaron que se conceda el recurso y se eleven las actuaciones a conocimiento de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, para que revoque la resolución cuestionada, declare su nulidad y disponga el procesamiento de las personas investigadas.

Fuente: Diario La Verdad

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