
“LEGALMENTE ES IMPOSIBLE CONSTRUIR UN PUERTO AHÍ”
Conflicto en Costa Pobre
La situación en la zona de Costa Pobre, en Ramallo, volvió a quedar en el centro del debate público a partir de las definiciones del abogado ambientalista Fabián Maggi, quien representa a la ONG Unidos por la Vida y el Ambiente (UPVA) y a vecinos del barrio en la causa que investiga el avance del proyecto de un puerto multimodal impulsado por la empresa ORAMAC.
En diálogo con Ramallo City, Maggi fue contundente al describir el escenario legal y ambiental que rodea la iniciativa. “Los vecinos de Costa Pobre se han presentado ante el Ministerio Público Fiscal justamente buscando el cese de los probables delitos que está cometiendo esta empresa y las autoridades de la Municipalidad de Ramallo”, explicó al inicio de la entrevista.
El abogado señaló que, pese a no contar con habilitaciones, la empresa avanzó con movimientos de suelo y otras tareas. “Lo que se está exhibiendo por parte de la empresa es la voluntad de desalojar ilegalmente a los vecinos de Costa Pobre y de apropiarse de una zona pública de uso histórico, recreativo, que además tiene un alto valor ambiental por ser zona de bosques nativos y de humedales”, afirmó.
Ese accionar derivó en una medida cautelar de no innovar, dictada por la Justicia, que ordena paralizar cualquier tipo de obra hasta contar con toda la documentación correspondiente por parte de la empresa. En ese marco, el titular de la empresa que continuó con los trabajos de remoción de suelo y hasta cerró el acceso principal a la zona de Costa Pobre, aseguró que ya cuenta con la autorización de impacto ambiental.
Ante estas declaraciones, Maggi remarcó: “Este es uno de los ejes centrales de la investigación penal porque justamente se alegaba a viva voz ante la ciudadanía, incluso con cierto respaldo de los funcionarios públicos, que estaban los permisos cuando nosotros sabíamos que no estaban, porque el Ministerio Público Fiscal había hecho las investigaciones correspondientes. Además, se sabía que no había habilitaciones de ningún tipo, se sabía que esa zona no era apta, se sabía que había vecinos que tenían derecho de propiedad por la prescripción adquisitiva y toda una serie de cosas que estaban siendo ignoradas tanto por los directivos de la empresa como por los funcionarios”.
Asimismo, Maggi calificó de mentiroso al señor Carlos Bauzas: “Lo que está afirmando (Carlos Bauzas) no responde a la realidad y sobre todo hay un apartamiento de lo que la ley indica. Entonces, si había algún desconocimiento, o alguna mala información que le habían acercado a los directivos de la empresa algún funcionario o algún empleado y en base a esa mala información dijeron lo que dijeron o tomaron las decisiones que tomaron, eso se deberá aclarar debidamente en el momento que el Poder Judicial lo requiera”. Y además, sobre esto agregó: “Para que la empresa tenga una habilitación ambiental válida tiene que haber un proceso de participación ciudadana, sí o sí, de manera ineludible. Justamente, la participación ciudadana implica una convocatoria a la ciudadanía para que exprese su opinión y todos sabemos que acá no hubo ninguna convocatoria”.
Uno de los puntos centrales de la entrevista fue la discusión sobre la titularidad de la tierra y el carácter público del área. “Los ríos son, por definición legal, bienes de dominio público y lo mismo ocurre con una porción aledaña de las costas”, explicó Maggi, y agregó: “Hay mucha gente que habita desde hace décadas ese lugar y que la ley los convierte en titulares de ese dominio por la prescripción adquisitiva”.
Sobre este punto fue categórico: “La ley no exige que se inicie ningún juicio para tener ese derecho. El derecho se reconoce por el paso del tiempo con una posesión con ánimo de dueño, pacífica y pública”. Y reforzó el argumento con un ejemplo concreto: “Fíjense ustedes si será pública esa posesión que hasta la propia cooperativa del servicio eléctrico les ha puesto los medidores”.
En cuanto al impacto ambiental, el abogado subrayó que la zona está protegida por normativa provincial y nacional. “Es zona de bosque nativo, catalogada como categoría roja, es decir, de máxima conservación. Eso indica que no puede haber cambio de uso del suelo, no se puede desmontar ni mover el suelo”, sostuvo. En la misma línea, remarcó: “Legalmente es imposible construir un puerto ahí”.
Maggi también cuestionó el rol del Municipio de Ramallo, al considerar que no brindó información clara a la comunidad. “Uno de los ejes de la denuncia es el incumplimiento de los deberes legales del intendente en no dar la información que corresponde”, afirmó, y agregó que los pedidos de informe presentados por la ONG “debían contestarse a los 30 días y nunca fueron respondidos”.
Otro hecho que resultó determinante para la Justicia fue el bloqueo del acceso histórico al barrio. “De la noche a la mañana nos encontramos con un portón, unas rejas, en el medio de una medida cautelar”, describió el letrado. Y explicó: “Eso fue un atropello más y terminó definiendo la decisión del Poder Judicial, porque se buscó cercar a los vecinos y obligarlos a un desalojo ilegal”.
Finalmente, Maggi se refirió al futuro del conflicto y a la vigencia de la cautelar. “La medida está fijada hasta que la empresa presente las habilitaciones ambientales correspondientes”, explicó, y concluyó: “Mientras no se cumplan esos requisitos, la ley indica que no se puede ejecutar ningún proyecto, menos aun habiendo una medida cautelar dictada específicamente sobre este emprendimiento”.
La causa continúa en investigación y, por ahora, el avance del puerto multimodal en Costa Pobre permanece formalmente paralizado, a la espera de definiciones judiciales y del cumplimiento estricto de la normativa ambiental vigente.
Por Lic. Cecilia Pugliese